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¿Puedo desplazarme a mi segunda residencia durante el estado de alarma?

No, a no ser que se desplace por alguno de los siguientes motivos: asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, por causa de fuerza mayor o situación de necesidad. 

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